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DIVORCIO MUTUO ACUERDO NOTARIAL

Desde la aprobación de la nueva Ley 15/2005 de Jurisdicción Voluntaria los ciudadanos pueden elegir acudir a diferentes profesionales en materias que tradicionalmente estaban reservadas al ámbito judicial.

Así, el matrimonio que lleve más de 3 meses casados, actuando de mutuo acuerdo, sin hijos o con hijos mayores de edad desee divorciarse podrá acudir a :

- La vía judicial (mediante el Letrado de la Administración de Justicia).

- La vía notarial (ante Notario).

Contacta con nosotros y asesórate de cuál es la mejor opción para ti.

info@sanchezcampinsabogados.es

Teléfono: +34 613 188 964

Atendemos casos en toda España.

En el caso de que optes por Divorcio de Mutuo Acuerdo Notarial.

REQUISITOS DEL DIVORCIO NOTARIAL

- Que se trate de un divorcio/separación de mutuo acuerdo.

- Que los cónyuges lleven más de 3 meses casados.

- Que los cónyuges no tengan hijos en común menores de edad o con capacidad modificada judicialmente.

¿Qué debo hacer?

1.- Contacta con nosotros. Tanto para los divorcios notariales como para los divorcios judiciales , necesitas un abogado

info@sanchezcampinsabogados.es

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2.- ¿Qué documentación necesito?

Necesitarás:

- DNI de los miembros del matrimonio.

- Libro de Familia.

- Certificado del Matrimonio.

- Certificado de nacimiento de hijos comunes (En su caso).

- Certificado de empadronamiento de al menos uno de los cónyuges.

- En caso de liquidación de sociedad de gananciales, se puede requerir documentación para acreditar el patrimonio existente.

3.- Realizaremos un Convenio Regulador para vosotros :

En 48 horas desde que recibimos toda la documentación, os enviaremos el Convenio regulador para que lo leáis y confirméis que estáis de acuerdo con las condiciones pactadas.  Preguntadnos todas las dudas que tengáis al respecto del documento. Queremos que sepáis en todo momento lo que firmáis y que estéis ambos plenamente de acuerdo , para evitar posibles dudas a futuro.

4.- ¿Puedo acudir a cualquier notario para firmar el Convenio Regulador?

Sí puedes acudir a cualquier Notario, siempre y cuando sea un notario de la localidad donde el matrimonio ha tenido el domicilio común o del lugar de residencia habitual de cualquiera de los cónyuges.

Una de las ventajas de acudir al notario y no a la vía judicial es que podrás firmar el Convenio Regulador cuándo quieras. Por la mañana o por la tarde. Algo que en los Juzgados no podrás hacer.

Se procederá a la Firma del Convenio Regulador en la Notaría elegida por el cliente y en la cita que se acuerde con el mismo.

5.- El Notario remitirá la Escritura de Divorcio a la Oficina General del Registro a efectos de divorcio.

6.- ¿Cuánto tardaré en obtener el Divorcio Notarial o Express?

El plazo habitual es entre 2 y 3 semanas.

7.- Precio. 

Divorcio notarial / Express : Desde 300 € / cónyuge.

Incluye Abogado + Notario + IVA

8.- Servicios incluidos en el precio:

Abogado + Notario.

Asesoramiento previo y durante el proceso.

Redacción del Convenio Regulador.

Preparación Escritura de Divorcio.

Asistencia de Abogado en Notaría.

9.- Posteriormente procederemos a la Liquidación de Bienes Gananciales también ante el Notario, siempre de mutuo acuerdo, si los clientes así lo deciden.

Coste aproximado, sin complejidad: Desde 400 euros / cónyuge + IVA + NOTARIO.